REAJUSTE PRECIO
ALQUILER DE VIVIENDA
El Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos (MIVAH) en cumplimiento de lo establecido en la Ley número 9354 del 4 de abril del 2016, denominada “Reforma Ley General de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos (Inquilinato)”, y de conformidad con el inciso b) del artículo 67 de la Ley General de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos, informa a la población en general que el índice de precio interanual a aplicar para el reajuste anual máximo al alquiler de vivienda para el mes de octubre de 2024 corresponde a -0,79% .
Los porcentajes correspondientes a meses anteriores, pueden ser consultados en el Histórico de la variación interanual del Índice de Precios al Consumidor.
Nota Aclaratoria
El Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos no cuenta con potestades para asesorar a la ciudadanía en cuanto a los términos en los cuales se suscriben y ejecutan los contratos de arrendamiento de vivienda, para ello se recomienda acudir a un profesional en derecho o, en caso de no contar con los recursos económicos suficientes, puede utilizar los servicios de consulta legal gratuitos.
Se informa que, en caso de sobrevenir una disputa o discrepancia derivada de los contratos de alquiler de vivienda entre particulares, las partes podrán, en primera instancia, procurar un común acuerdo de voluntades de las condiciones que favorezcan a ambas partes; en caso de persistir la disputa, la parte que se considere afectada podrá acudir ante las autoridades judiciales, arbitrales o de mediación correspondientes.
En caso de requerir información adicional referente al índice de precios de meses y años anteriores a los acá publicados, los interesados deberán requerir dicha información ante las instituciones generadoras de dichos datos a efecto de garantizar su autenticidad y derechos de autor.