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Sistema Financiero Nacional de Vivienda
Según lo estipulado en la Ley 7052 - Ley del sistema Financiero Nacional para la Vivienda:
"Artículo 1.- Créase el Sistema Finaciero Nacional para la Vivienda, que será una entidad de interés publico regida por la presente ley y que tendrá como objetivo primordial fomentar el ahorro y la inversión nacional y extranjera, con el fin de recaudar recursos financieros para procurar la solución del problema habitacional existene en el país, incluido el aspecto de los servicios.
Artículo 2.- El Sistema Finaciero Nacional para la Vivienda estará integrado por el Banco Hipotecario de la Vivienda, como ente rector, y por las Entidades autorizadas previstas en esta ley.
..."
Motivo por el cual, para información más detallada puede accesar la página del Banco Hipotecario de la Vivienda BANHVI: www.banhvi.fi.cr